De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar la consulta pública previa a la elaboración del proyecto del proyecto de Real Decreto por el que se actualiza el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias aprobado por el Real Decreto 1890/2008 de 14 de noviembre.
Los objetivos del vigente Reglamento se mantienen.
La aplicación del Reglamento no supondrá deterioro en la seguridad vial y en la de los peatones y propiedades que deben proporcionar las instalaciones de alumbrado exterior, ya que la finalidad de dicho alumbrado es contribuir a crear un ambiente visual nocturno que permita una disminución del riesgo de accidentes y un aumento de la fluidez de la circulación de vehículos, creando condiciones adecuadas para la conducción de los mismos y una visibilidad idónea para el peatón, su seguridad y la de los edificios y bienes del entorno.
No será objeto del futuro Reglamento establecer valores mínimos para los niveles de iluminación en los distintos tipos de vías o espacios a iluminar, que se regirán por la normativa que les sea de aplicación.
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