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PATENT


El artículo 23 del TRLIS, más conocido como Patent Box, es un incentivo fiscal sobre los ingresos derivados de la cesión de patentes y otros intangibles en el marco de experiencias tecnológicas e industriales, o bien experiencias comerciales. Recientemente, se ha modificado el incentivo con la Ley 14/2013 “Ley de apoyo a los emprendedores”.

Puede aplicarse “Patent Box”, todas aquellas empresas, independientemente de su sector de actividad, que obtengan ingresos procedentes de la cesión del derecho de uso o de explotación de:

    -Patentes
    -Dibujos o modelos
    -Planos
    -Fórmulas o procedimientos secretos

    Derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas.

Todo ello con una minoración del 60% de la renta neta, esto es, la diferencia entre los ingresos brutos y los gastos (amortizaciones).

 

 

Entre las principales ventajas, podemos enumerar:

-Recurrencia ilimitada del incentivo, siempre que sea susceptible de ser cedido por no haber llegado al final de su vida útil.
-Aprovechamiento del incentivo independientemente de la fecha de creación del intangible, puede aplicarse a activos creados anteriormente.
-Compatible con las deducciones fiscales por I+D+i (art. 35 TRLIS) y con otras ayudas públicas.
-Posibilidad de aprovechar el incentivo entre empresas de un mismo grupo.
-No existe concurrencia competitiva. Tienen efectos financieros inmediatos.
-Es aplicable a la cesión del uso de la explotación, no se pierde la propiedad del intangible.
-Es independiente de la base imponible de la empresa. Se puede aplicar con bases negativas.

SERING tiene desarrollado una metodología propia para optimizar este incentivo y proporcionar la máxima rentabilidad a nuestros clientes.
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